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Baja de Vehículo del Padrón del Instituto Queretano del Transporte
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El vehículo es el automotor autorizado a prestar el servicio de transporte público y especializado.
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Obligación
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Concesionario y/o Permisionario
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Presencial
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Nombre del Concesionario y/o permisionario
Número de Concesión o número de permiso (según sea el caso)
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Original 2 copias de Identificación Oficial del concesionario y/o concesionarios o permisionario (O en su caso, acreditación vigente expedida por el Instituto Queretano del Transporte )
Original 2 copias de Identificación del propietario del vehículo únicamente para servicio de transporte colectivo.
Dos placas del vehículo a dar de baja.
En caso de no presentar las placas anexar Constancia de No infracción Federal, estatal , municipal y del IQT.
Fe de hechos de la denuncia por extravío de una o dos placas, en caso de ser extravío de una placa deberá presentar la otra, si es por deterioro deberá presentar ambas placas.
Tarjeta de circulación
Original 2 copias de la Constancia de la pérdida total de vehículo en su caso.
Original 1 copia de último Refrendo realizado.
Presentar el vehículo sin rotulo (solo taxi) de servicio público o especial de transporte en las oficinas de la Revisión Físico mecánica.
En caso de robo de vehículo anexar:
Constancia de No infracción Federal, estatal , municipal y del IQT.
Copia certificada de la Fe de hechos de robo de vehículo.
Holograma de servicio de transporte
Último refrendo o permiso vigente
En su caso constancia de perdida total del vehículo.
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De 08:00 a 15:00 hrs. de Lunes a Viernes.
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De acuerdo al listado de precios por concepto en materia de transporte, publicado en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado, «La Sombra de Arteaga» así mismo, en base al valor de la UMA de la anualidad correspondiente.
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Listado de precios de derechos brindados por el Instituto Queretano del Transporte autorizados por el consejo directivo del Instituto en su primera sesión ordinaria y publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado «La Sombra de Arteaga».
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Bancomer o Caja recaudadora del Instituto Queretano del Transporte
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3 días hábiles.
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Procede la negativa ficta con fundamento en el artículo 16 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro.
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Permanente.
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El solicitante deberá contar con todos los requisitos solicitados para llevar a acabo el trámite.
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Artículos 3 fracción XXXV, 22 fracción X, 36, 37, 38, 107, 122 párrafo segundo, 187 fracción IV, 188, 189 y 190 de la Ley de Movilidad para el Transporte del Estado de Querétaro
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Derechos del Usuario
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Instituto Queretano del Transporte
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Control Vehicular del Área de Trámites y Concesiones.
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Avenida Constituyentes No. 20 Ote. Col. Centro Histórico, Querétaro, Qro C.P. 76000
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Lic. Ana Cecilia Bárcenas Hurtado, Jefe de Área de Trámites y Concesiones, de la Dirección Jurídica, del Instituto Queretano del Transporte, Avenida Constituyentes No. 20 Ote. Col. Centro Histórico, Querétaro, Qro C.P. 76000 2100407, ext. 204
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Lic. Einar Alejandro Figueroa Villegas. Titular del Órgano Interno de Control efigueroa@queretaro.gob.mx
Av. Constituyentes No. 20 Ote. Col. Centro Querétaro, Qro C.p. 76000 2100273, ext. 112 De 08:00 a 15:00 hrs. de Lunes a viernes
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www.iqt.gob.mx
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www.iqt.gob.mx/index.php/catalogo-de-tramites/
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